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Baremo de Méritos en la Oposición Enfermería del 2018 en el IB-SALUT

Baremo de Méritos en la Oposición Enfermería del 2018 en el IB-SALUT
12 julio, 2021 | SalusPlay
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Si quieres conseguir una plaza como enfermera en IB-SALUT, tendrás que presentarte a la OPE de Enfermería u Oferta Pública de Empleo.

Una OPE suele tener una fase de oposición, en el que tendrás que realizar un examen, y una fase de Concurso en la que tendrás que presentar todos los méritos profesionales que hayas conseguido como enfermera. Lógicamente cuantos más méritos profesionales tengas, mayor puntuación obtendrás y más fácil será que obtengas tu plaza como enfermera en el IB-SALUT.

¿Sabes los méritos que te puntúan como enfermera en el IB-SALUT?

En SalusPlay sabemos que a veces puede ser complicado entender las bases específicas de la oposición de enfermería del IB-SALUT publicadas en el BOIB, por eso, a continuación te lo explicamos de manera muy sencilla.

Sistema de Puntos en la categoría ENFERMERA en el IB-SALUT

Tras revisar las bases específicas de la última oposición de enfermería en el Servei de Salut de les Illes Balears  estos son los aspectos más destacados.

             Resumen                                  

Aspectos a tener en cuenta

Puntuación máxima: 100 puntos

  • Tiempo trabajado: 55 puntos
  • Formación, Docencia y Actividades Científicas: 40 puntos 
  • Catalán: 5 puntos
  • Se necesitará tener casi 20 años trabajados para obtener los 55 puntos de experiencia profesional.
  • Con un máster oficial de 60 ECTS se obtendría una puntuación de 4,2 puntos y por cada máster propio 3,9 puntos.

Resumen del Baremo de Méritos de la Oposición de Enfermería del 2018 de IB-SALUT

En la fase de concurso de la oposición de enfermería del IB-SALUT del 2018 se pudieron obtener los siguientes méritos clasificados en 3 categorías:

  • Experiencia profesional
  • Formación, docencia y actividades físicas y difusión del conocimiento.
  • Catalán.

Experiencia Profesional. Máximo 55 puntos.

  • Por cada mes de servicio prestado en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud, en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea o en instituciones sanitarias públicas del Espacio Económico Europeo como personal estatutario, funcionario o laboral en la misma categoría que aquella a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,23 puntos/mes.
  • Por cada mes de servicio prestado en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud, en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea o en instituciones sanitarias públicas del Espacio Económico Europeo como personal estatutario, funcionario o laboral en una categoría distinta para la que se exija el mismo título de la categoría a la que se opta: 0,172 puntos/mes.
  • Por cada mes de servicio prestado en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud, en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea o en instituciones sanitarias públicas del Espacio Económico Europeo como personal estatutario, funcionario o laboral en una categoría distinta a aquella a la que se opta: 0.115 puntos/mes.
  • Por cada mes de servicio prestado como cooperante en programas de cooperación internacional para el desarrollo o en programas de ayuda humanitaria, de acuerdo con la legislación vigente, desempeñando las funciones propias de la categoría a la que se opta: 0,23 puntos/mes.
  •  Por cada mes de servicio prestado en el modelo tradicional de cupo o de zona en la misma categoría que aquella a la que se opta: 0,172 puntos/mes.
  • Por cada mes de servicio prestado en centros sanitarios privados de la Unión Europea en la misma categoría que aquella a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,046 puntos (máx.5,5).

Junto con el certificado de servicios prestados hay que aportar la vida laboral de la Seguridad Social y los contratos de trabajo.

  • Por cada mes de servicio prestado en centros públicos no sanitarios de la Unión Europea como personal funcionario o laboral en la misma categoría que aquella a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,172 puntos/mes.
  • Por cada mes de servicio prestado como cargo directivo en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud se valorarán:
    • Si el profesional tiene plaza o puesto base en una institución sanitaria pública del Sistema Nacional de Salud— como prestados en la categoría a la que opta: 0,20 puntos/mes.
    • Si el aspirante no tiene plaza o puesto base en una institución sanitaria pública del Sistema Nacional de Salud: 0,115 puntos.

Formación, docencia y actividades científicas y de difusión del conocimiento: Máximo 40 puntos.

Formación reglada / Expediente académico:

  • Bien: 0,2 puntos.
  • Notable: 0,4 puntos
  • Sobresaliente: 0,8 puntos. 
  • Matrícula de honor: 1 punto.

Formación especializada:

  • Por cada título o diploma de especialista en enfermería en las especialidades previstas por el Real decreto 450/2005: 1,38 puntos.
  • Por cada acreditación de haber completado el periodo de formación como EIR en un centro español o extranjero con un programa de docencia reconocido por el Ministerio de Educación: 4,14 puntos.

Formación continuada:

  •  Los diplomas o los certificados a que se refieren estas actividades formativas se valoran a razón de:
    • Por crédito CFC o LRU: 0,026 puntos.
    • Por cada crédito ECTS: 0,065 puntos.
  • Si en el diploma o certificado figura el número de horas en lugar de los créditos, se otorga un valor de:
    • Por cada hora de formación: 0,0026 puntos. 
  • Si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados; si no se especifican horas ni créditos, no se valora esta actividad (máximo, 2.320 créditos).
  • Por cada hora las actividades formativas relacionadas con las áreas temáticas siguientes: 
    • Prevención de riesgos laborales. 
    • Sistemas de información.
    • Informática referida a aplicaciones de ofimática de nivel de usuario. 
    • Programas informáticos aplicados a la investigación en materia de ciencias de la salud.
    • Aspectos organizativos relativos al servicio sanitario. 
    • Atención al público; estrés y autocontrol, u orientación psicológica.
    • Cualquier otra que esté relacionada con las funciones de la categoría de enfermero/enfermera. 

Se valoran siempre que hayan sido organizadas o impartidas por alguna administración pública o por alguna entidad del sector público institucional (de acuerdo con la definición dada por el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre), lo cual debe acreditarse en el certificado correspondiente.

  •  Por cada hora: 0,0026 puntos/hora.

Formación posgraduada:

  • Por tener el grado de doctor: 11,7 puntos.
  • Por haber obtenido el diploma de estudios avanzados (DEA) o de suficiencia investigadora en el supuesto de no haber obtenido el título de doctor: 3,9 puntos.
  • Los títulos oficiales de máster universitario que estén relacionados directamente con el contenido de la categoría de enfermero/enfermera se valoran así:
    • Por cada crédito ECTS: 0,070 puntos.
    • Por cada crédito LRU: 0,028 puntos.

Si en el título no se especifica el tipo de crédito, se computarán como créditos LRU.

  • Los títulos universitarios propios de posgrado (certificado universitario, experto universitario, especialista universitario y máster universitario) que estén relacionados directamente con el contenido de la categoría de enfermero/enfermera se valoran a razón de:
    • Por cada crédito CFC o LRU o por cada 10 horas lectivas: 0,026 puntos.
    • Por cada crédito ECTS o por cada 25 horas lectivas: 0,065 puntos.

Si en el diploma o certificado figura el número de horas en lugar de los créditos, se otorga un valor de:

  • Por cada hora de formación: 0,0026 puntos.

Si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados; si no se especifican horas ni créditos, no se valora esta actividad. Si en un mismo documento figuran créditos LRU y/o ECTS, se tendrá en cuenta la puntuación más favorable al candidato.

Docencia:

  • Por cada hora acreditada de docencia impartida en cualquiera de las actividades formativas a que se refiere el apartado 2.3: 0,0078 puntos.
  • Por cada curso académico ocupando una plaza de docente de ciencias de la salud en el ámbito universitario a tiempo completo: 2,7 puntos.
  • Por cada hora como docente de ciencias de la salud en el ámbito universitario que no sea a tiempo completo: 0,0026 puntos/hora.
  •  Por tutorizar prácticas de alumnos de las facultades de enfermería o que hagan cualquiera de las especialidades previstas en el Real decreto 450/2005: 0,0013 puntos por /hora.
  • Por impartir docencia en el ámbito universitario en los niveles de cátedra o como profesor titular con plaza vinculada al Servicio de Salud de las Islas Baleares o con actividad simultánea en dicho ente, o como profesor asociado con plaza asistencial en activo o con actividad simultánea en el servicio de salud correspondiente: 0,0026 puntos/hora.

Actividades científicas y de difusión del conocimiento:

  • Por cada libro completo: 1,3 puntos.
  • Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,026 puntos (máx. tres capítulos por libro).
  • Artículos publicados en alguna revista de carácter científico relacionados directamente con el contenido de la categoría de enfermero/enfermera:
    •  Por cada publicación en una revista indexada en el JCR y/o en el SJR: 1,04 puntos.
    •  Por cada publicación en una revista no indexada de tirada estatal o internacional: 0,78 puntos.
  • Ponencias, comunicaciones, coordinaciones de mesa y pertenencia a comités científicos:
    •  Congreso o reunión científica de ámbito internacional o estatal: 0,39 puntos. 
    •  Congreso o reunión científica de ámbito autonómico: 0,195 puntos.
    • Congreso o reunión científica de ámbito internacional o estatal: 0,26 puntos. 
    • Congreso o reunión científica de ámbito autonómico: 0,13 puntos.
    • Congreso o reunión científica de ámbito internacional o estatal: 0,3 puntos
    • Congreso o reunión científica de ámbito autonómico: 0,15 puntos.
      • Como investigador principal: 3,9 puntos.
      • Como investigador colaborador: 1,95 puntos.
      • Como investigador de campo no remunerado (no siendo miembro del equipo): ​0,39 puntos.

Conocimientos orales y escritos del catalán: Máximo 5 puntos.

Los certificados emitidos por la Dirección General de Cultura y Juventud y los reconocidos en la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 por la que se determinan los títulos, los diplomas y los certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud (BOIB n.º 34/2013) tienen una valoración máxima de 5 puntos:

  • Certificado de conocimiento de catalán C1: 3 puntos
  • Certificado de conocimiento de catalán C2: 4 puntos
  • Certificado de conocimiento de lenguaje administrativo: 1 punto

Se valorará solamente un certificado, excepto en el caso del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo (LA), en que la puntuación se acumula a la del otro certificado que se aporte. Si se presenta solamente el certificado de conocimientos de lenguaje administrativo (LA), se valorará 1 punto.

Méritos en Oposiciones de Enfermería en otras Comunidades Autónomas

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