Se define dato de salud como cualquier información que pueda llevar a la identificación de una persona. Hay determinados datos personales que por su relevancia deben ser tratados de una manera cuidadosa y cumpliendo una serie de requisitos. Los datos relativos a la salud de la persona se incluyen en este grupo de datos llamados sensibles o especialmente protegidos.
Los datos de salud son datos especialmente sensibles y de tratamiento complejo.
La Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), se ocupa de los datos personales, no específicamente de los datos de salud, aunque hace referencia a los mismos en su disposición adicional decimoséptima y la disposición final novena.
Uno de puntos principales en el Reglamento General de Protección de Datos (RGDP) es el consentimiento del tratamiento de los datos personales.
La protección de datos es un derecho fundamental reconocido en el artículo 8.1 de la carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el artículo 16.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, donde se establece que toda persona tiene el derecho a la protección de datos personales.
En España, este derecho fundamental lo recoge la Constitución, mencionando el derecho al honor, intimidad, familiar y propia imagen.
En la Unión Europea está vigente el RGPD y en España, la LOPDGPDD.
