1. CONCEPTO
Una agresión sexual es todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.
2. ETIOLOGÍA
La agresión sexual se da a cualquier edad, sexo, raza o estado civil, así como en todos los estatus económicos y sociales. La incidencia real no es conocida exactamente, ya que se estima que solo se denuncian entre un 10 y un 20% de las agresiones.
3. MANIFESTACIONES. TIPOS
Podemos definir diferentes formas de violencia contra las mujeres:
- Violencia física
- Violencia sexual
- Violencia psicológica
4. ACTUACIÓN
La atención debe abarcar tres áreas: médica, psicológica y legal. Por eso, el enfoque debe ser multidisciplinar. Debe primar el respecto y la intimidad.
5. TRATAMIENTO
El tratamiento de nuevo es complejo, integral y multidisciplinar.
6. INTERVENCIONES ENFERMERAS
- Administración de analgésicos (2210)
- Administración de anestesia (2840)
- Administración de medicación (2300)
- Apoyo emocional (5270)
- Asistencia quirúrgica (2900)
- Ayuda con el autocuidado (1800)
- Ayuda en la exploración (7680)
- Control de enfermedades transmisibles (8820)
- Control de infecciones (6540)
- Cuidados de la piel: tratamiento tópico (3584)
- Cuidados de las heridas (3660)
- Disminución de la ansiedad (5820)
- Identificación de riesgos (6610)
- Monitorización de los signos vitales (6680)
- Planificación familiar: anticoncepción (6784)
- Planificación familiar: embarazo no deseado (6788)
- Protección contra las infecciones (6550)
- Protección de los derechos del paciente (7460)
- Tratamiento del trauma de la violación (6300)
- Triaje: centro de urgencias (6364)
7. OBSERVACIONES ENFERMERAS
- A la hora de emitir el parte de lesiones, no deben usarse los términos víctima ni agresor, sino paciente y presunto agresor. Además, se entregará un ejemplar a la interesada, al Juzgado de Guardia y se dejará otra copia en la Historia clínica.
- Es necesario informar a la mujer de los recursos existentes, tanto de ámbito estatal, autonómico o local.
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