Tema 9. Maltrato infantil.


1. CONCEPTO DE MALTRATO INFANTIL (OMS)

Acción, omisión o trato negligente, no accidental, que priva de derechos y de bienestar al niño, que amenaza o interfiere su ordenado desarrollo físico, psíquico o social y cuyos autores pueden ser personas, instituciones, o la propia sociedad.

 

2. CLASIFICACIÓN

-   Maltrato físico

-   Negligencia y abandono

-   Abuso sexual

-   Maltrato emocional

-   Síndrome de münchausen por poderes (incluye dr. Shopping)

 

3. EL MALTRATO INFANTIL EN EL SERVICIO DE URGENCIAS:

El maltrato puede ser el motivo de consulta, aunque de manera más frecuente se establece la sospecha de maltrato tras una exploración rutinaria del menor que es referido a la consulta por otro motivo. El servicio de urgencias no es el entorno ideal para atender a un niño maltratado.

El objetivo de la intervención médica es establecer el diagnóstico o sospecha diagnóstica de maltrato o de situación de riesgo, instaurar tratamiento y asegurar la protección del niño.

Situaciones que exigen la actuación en un servicio de urgencias:

-    Agresión reciente 

-    Posibilidad de pérdida de pruebas.

-    Necesidad de tratamiento médico, quirúrgico o psicológico urgente.

-    Necesidad de proteger al menor.

-    Sospecha del entorno del menor.

Observaciones enfermeras

-    Hay que diferenciar lesiones del maltrato de aquellas producidas de manera accidental, sin intencionalidad.

-    Son lesiones sugerentes de sospecha diagnóstica:

o   Lesiones físicas múltiples o en diversos estadíos evolutivos.

o   Diversidad de lesiones provocadas por distintos mecanismos lesionales: equímosis, hematomas, heridas abiertas...

o   Cortes, pinchazos, magulladuras, mordeduras humanas, lesiones internas, alopecia por decúbito prolongado, lesiones por tatuaje, falta de piezas dentarias por avulsión, lesiones en mucosa oral por quemaduras de alimentos, asfixia o ahogamiento...

o   Quemaduras de puros o cigarrillos, con objetos que dejan una señal definida o indicativa de inmersión en líquido.

o   Lesiones en lugares cubiertos del cuerpo o localizaciones de traumatismo accidental improbables.

-   Se debe evaluar también la actitud de los cuidadores como que el motivo de consulta no coincida, retraso en la solicitud de asistencia…

-   En el caso en que se requiera una exploración urológica o ginecológica, ésta se hará sola vez, con el consentimiento del menor, al menos ante 2 facultativos. Se usará espéculo virginal para la exploración ginecológica de las niñas. La exploración debe esperar al médico forense de guardia; si éste no puede acudir, se realizará por el personal más experto y en el caso de sospecha de abuso sexual en niñas deberá avisarse al ginecólogo.

Intervenciones enfermeras

-   Recogida de datos forenses (7940)

-   Apoyo en la protección contra abusos (6400)

-   Apoyo en la protección contra abusos: niños (6402)