TEMA 6. LA BIOÉTICA APLICADA. PRINCIPIALISMO Y MÉTODO DELIBERATIVO


No es fácil desde un punto de vista académico hacer un resumen ordenado, secuenciado, etc. de la bioética; una ley la podemos encontrar en el BOE, pero la bioética no tiene un espacio concreto y definido en el que la hallemos, y menos perfectamente empaquetada con todos sus elementos ordenados. 

Hablar del origen de la bioética es un trabajo harto complicado; el término bioética se ha convertido en un neologismo multiuso. No es objeto de este bloque hacer un prolijo recorrido histórico para ensamblar diversas piezas y así aparentar una coherencia histórica. La bioética como disciplina en el mundo sanitario y sociosanitario tiene un amplio desarrollo, pero muy vinculado a profesionales interesados por ella y a los integrantes de los diferentes comités éticos. 

Sin duda, la génesis y el desarrollo de la bioética en España han estado muy condicionados hasta que se restauró un régimen democrático definitivo en 1978 con la aprobación de la vigente Constitución.

 En otros países ese desarrollo de la bioética fue catapultado por la innovación y la investigación en el marco de las Ciencias de la Salud. Conforme avanzó la democracia, se desarrolló un modelo integral de atención sanitaria universal con un peso cada vez más importante de los derechos de los pacientes. 

El empuje de la bioética en España se produjo a partir del 2000, cuando se estaba culminando la descentralización en la gestión sanitaria a las CC. AA.; tuvo además una gran importancia la aprobación del denominado Convenio de Bioética de Oviedo. En este contexto tuvo especial significación Diego Gracia que, a través de actividades formativas en la Universidad Complutense, ha formado a muchos profesionales en el marco de la bioética principialista y ha ejercido una influencia enorme durante 20 años. Ahora, como se comentará más adelante, la Bioética como disciplina de interés ha decaído y el interés se ha trasladado hacia la humanización de la atención sanitaria. 

Diego Gracia desarrolló el principalísimo bioético americano, muy vinculado al “Informe Belmont”. Elaboró el modelo deliberativo que se explica a continuación. 

Vivimos ahora un momento de la denominada bioética global, una visión innovadora para adaptar el análisis ético ante los retos de la globalización. En definitiva, determinar la patria potestad de la bioética es imposible. 

Aun corriendo el riesgo de reduccionismo, en nuestro país podemos establecer las siguientes etapas en el desarrollo de la bioética: 

1. Desde 1978 a 1986: periodo de marginalidad en el sistema sanitario; su existencia estaba centrada en un marco universitario.

2.  Desde 1986 a 2000: periodo en el aumenta el interés, se crean muchos CEA en los centros sanitarios, ya inspirados por la breve regulación del consentimiento informado y del derecho de información en la Ley General de Sanidad. Ya tenía mucha implantación al final de este periodo el neologismo bioética; su impulsor fue Diego Gracia que trasladó el principialismo bioético norteamericano. 

Desde 2000 a 2020: a partir del 2001, con la aportación de Diego Gracia, la bioética toma un impulso enorme y se realizan infinidad de acciones formativas en las que Diego Gracia era el referente (se han formado muchos profesionales en bioética en la UCM). 

En este impulso de la bioética tuvo mucha influencia la nueva generación de derechos de los pacientes que tiene como norma esencial la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente; en paralelo muchas CC. AA. comenzaron a regular los CEA. Durante estas dos décadas en España el modelo deliberativo para el análisis de conflictos éticos ha sido el planteado por Diego Gracia, en el que la determinación de los deberes (cursos de acción) se ha consolidado como dinámica en los CEA tanto sanitarios como sociosanitarios. El 2001 fue el año de la plena descentralización sanitaria; hecho que sin duda tuvo un notable efecto en el desarrollo de la bioética. Durante estos años, ha habido una tendencia, como se manifiesta en otros apartados del bloque, de “huida del derecho” por parte de la bioética, que se ha tachado como un riesgo para su desarrollo, el denominado reduccionismo legalista; para mí este planteamiento ha sido un error, puesto que al final ha derivado en un interés menor por la bioética en los centros sanitarios. Ahora nos enfrentamos a muchos retos y avanzamos hacia un concepto de bioética global o una bioética de la innovación. 

Durante todos estos años la bioética principialista ha tenido un desarrollo más formal e institucional a través de los comités de ética de investigación y en ensayos clínicos. 

La bioética principialista y el método deliberativo. La idoneidad del curso de acción óptimo ante conflictos bioéticos en los centros sanitarios y sociosanitarios. 

La bioética nació en los Estados Unidos de Norteamérica en el siglo pasado (alrededor de 1970) al confluir diversos factores que hicieron necesario encontrar respuestas a los problemas que planteaban los progresos biomédicos y tecnológicos. 

La teoría principialista, esto es, basada en principios, está muy extendida entre los profesionales de la salud y la investigación biomédica y es objeto de aplicación para fundamentar cualquiera de los ámbitos conflictivos en los que se puede encontrar los profesionales sanitarios. Su origen, como es conocido, se encuentra en la creación por parte del Congreso de los Estados Unidos de una Comisión Nacional encargada de identificar los principios éticos básicos que deberían guiar la investigación con seres humanos en las ciencias del comportamiento y en biomedicina (1974). En 1978, como resultado final del trabajo de cuatro años, los miembros de la Comisión elaboraron el documento conocido con el nombre de “Informe Belmont”, que contenía tres principios: el de autonomía o respeto por las personas por sus opiniones y elecciones; el de beneficencia, que se traduciría en la obligación de no hacer daño y de extremar los beneficios y minimizar los riesgos; y el de justicia o imparcialidad en la distribución de los riesgos y de los beneficios. Sin embargo, la expresión canónica de los principios se encuentra en el libro escrito en 1979 por Beauchamp y Childress, el primero de los cuales había sido miembro de la Comisión. En él se aceptaban los tres principios del “Informe Belmont”, que ahora se denominaban autonomía, beneficencia y justicia, si bien añadieron un cuarto, el de no maleficencia, y les dieron a todos ellos una formulación suficientemente amplia como para que pudiesen regir no solo en la experimentación con seres humanos, sino también en la práctica clínica y asistencial. De acuerdo con la síntesis que efectúa Diego Gracia, los autores entienden que se trata de principios prima facie, esto es, que obligan siempre y cuando no entren en conflicto entre sí; en caso de conflicto, los principios se jerarquizan a la vista de la situación concreta o, dicho de otra forma, no hay reglas previas que den prioridad a un principio sobre otro y de ahí la necesidad de llegar a un consenso entre todos los implicados, lo que constituye el objeto fundamental de los comités institucionales de ética. 

A juicio de Diego Gracia puede establecerse alguna jerarquía de los principios que no dependa de la ponderación de las circunstancias de cada caso. La idea de la que parte es que esos cuatro principios no tienen el mismo rango, precisamente porque su fundamentación es distinta. Dice: “La no maleficencia y la justicia se diferencian de la autonomía y la beneficencia en que obligan con independencia de la opinión y la voluntad de las personas implicadas, y […] por tanto tienen un rango superior a los otros dos”. En definitiva, entiende que entre unos y otros hay una diferencia que va entre el bien común y el bien particular: los primeros configuran una ética de mínimos y los segundos, una ética de máximos. 

El esquema del modelo deliberativo que propone Diego Gracia se estructura en las siguientes etapas de reflexión: 

1. Deliberación o análisis de los hechos.

2. Deliberación o análisis de los valores/derechos. Identificación del conflicto.

3. Deliberación sobre los deberes (cursos de acción).

4. Decisión prudente (resultado final de las previas deliberaciones).

5. Prueba de consistencia (relevante, la legal). 

No obstante, este modelo deliberativo no debe ejercerse de manera mecanicista, pues en ocasiones, en función del caso, cabe realizar cambios o adaptaciones. Nunca el método en sí debe obstaculizar una decisión prudente final. 

En la deliberación se deben introducir como catalizadores para la búsqueda de consenso los principios: 

1. Principio de autonomía.

2. Principio de no maleficencia.

3. Principio de beneficencia.

4. Principio de justicia.