Tema 5. Tipos de recursos sanitarios extrahospitalarios.


1. CARACTERÍSTICAS DE LOS VEHÍCULOS

Los vehículos de transporte sanitario por carretera deberán cumplir las características recogidas en el artículo 3 del Real decreto 836/2012, de 25 de mayo, y sin perjuicio de lo establecido en la legislación de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, así como en la normativa sectorial de transporte terrestre.

 

1.1. IDENTIFICACIÓN Y SEÑALIZACIÓN

Es fundamental que las ambulancias sean fácilmente identificables por todos los conductores y peatones que transitan por la vía pública, sobre todo cuando éstas realizan un transporte urgente. Para llevar a cabo este cometido, presenta las siguientes características:

  • Identificación exterior que permita distinguir claramente que se trata de una ambulancia, mediante la inscripción de la palabra «Ambulancia» detrás y delante. La inscripción delantera se realizará en sentido inverso para que pueda ser leído por reflexión.
  • Señalización luminosa y acústica de preferencia de paso ajustada a lo dispuesto en la reglamentación vigente.

    o   Desde hace varios años las asociaciones y órganos de las Administraciones públicas relacionados con los vehículos de servicios de emergencias, así como el Defensor del Pueblo y el Congreso de los Diputados a través de varias proposiciones no de ley, han solicitado al Gobierno que unifique el color de los dispositivos luminosos de los vehículos prioritarios para que en todos los casos sea azul.

    La disposición final segunda 2. i) del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, habilita al Gobierno para introducir en el Reglamento General de Vehículos las modificaciones necesarias con el fin de que el color de la señal luminosa de todos los vehículos prioritarios sea azul.