Tema 8. Aspectos médicos y legales en urgencias.


  • La prestación del consentimiento por representación será adecuada a las circunstancias y proporcionada a las necesidades que haya que atender, siempre en favor del paciente y con respeto a su dignidad personal. El paciente participará en la medida de lo posible en la toma de decisiones a lo largo del proceso sanitario. Si el paciente es una persona con discapacidad, se le ofrecerán las medidas de apoyo pertinentes, incluida la información en formatos adecuados, siguiendo las reglas marcadas por el principio del diseño para todos de manera que resulten accesibles y comprensibles a las personas con discapacidad, para favorecer que pueda prestar por sí su consentimiento.

    -   Artículo 10. Condiciones de la información y consentimiento por escrito.
    1. El facultativo proporcionará al paciente, antes de recabar su consentimiento escrito, la información básica siguiente:
      1. Las consecuencias relevantes o de importancia que la intervención origina con seguridad.
      2. Los riesgos relacionados con las circunstancias personales o profesionales del paciente.
      3. Los riesgos probables en condiciones normales, conforme a la experiencia y al estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervención.
      4. Las contraindicaciones.
    2. El médico responsable deberá ponderar en cada caso que cuanto más dudoso sea el resultado de una intervención más necesario resulta el previo consentimiento por escrito del paciente.

     

    5. AGRESIONES

    El individuo se puede considerar como el eje principal de los recursos humanos, Ha de ser visto como un todo integrado y ser el elemento fundamental de la organización; ya que, sin personas no hay organizaciones posibles. Las organizaciones para desarrollarse y crecer necesitan empleados capaces de pensar y obrar en libertad y con creatividad.