En cuanto a la organización de la comisión de recursos humanos, está presidida por el responsable del Ministerio de Sanidad, y están representadas todas las CCAA y los ministerios competentes. Para mejorar su funcionamiento, se pueden crear comisiones técnicas y grupos de trabajo.
Los órganos de funcionamiento son dos:
- El Foro Marco para el Dialogo Social. Es un órgano de participación que tiene como objetivo ser el ámbito de dialogo e información de carácter laboral. Está constituido por las administraciones públicas y las organizaciones sindicales más representativas en el sector sanitario.
- El Foro Profesional. Es un órgano de participación que tiene como objetivo ser el marco de dialogo e información sobre la formación de postgrado y continuada, y sobre los requisitos formativos, de evaluación y competencia de las profesiones sanitarias. En él estará representada la Comisión Consultiva Profesional constituida por los consejos nacionales de cada especialidad sanitaria y los consejos generales de las profesiones sanitarias.
La comisión de recursos humano regula dos tipos de formaciones:
- Formación Pregrado. La Comisión de Recursos Humanos, atendiendo a las necesidades de la población, trasladará al Ministerio de Educación y al Consejo de Coordinación Universitaria criterios para la adaptación de los planes de estudios conducentes a la obtención de los distintos títulos universitarios del ámbito de las ciencias de la salud, que conjuguen la adquisición simultánea de conocimientos, habilidades y actitudes y favorezca el trabajo en equipo multiprofesional y multidisciplinar.
- Formación Postgrado. La Comisión de Recursos Humanos supervisará los programas de formación postgrado especializada, propuestos por las comisiones nacionales correspondientes, así como el número de profesionales necesarios en cada convocatoria, una vez recogidas las necesidades de las diferentes CC.AA.
2.2.2 DESARROLLO PROFESIONAL
El desarrollo profesional constituye un aspecto básico en la modernización del SNS y debe responder a criterios comunes acordados en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), en relación con los siguientes ámbitos:
- Carrera profesional. Es el derecho de los profesionales a progresar, de forma individualizada, como reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a conocimientos, experiencia en las tareas asistenciales, investigación y cumplimiento de los objetivos de la organización en la que prestan sus servicios.
- Evaluación de competencias. Entendiendo como competencia, la aptitud del profesional sanitario para integrar y aplicar los conocimientos, habilidades y actitudes asociados a las buenas prácticas de su profesión para resolver los problemas que se le planteen.
